La Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA) efectuó el 15 de diciembre de 2025 una denuncia contra el Gobierno de España ante la Comisión Europea. La denuncia se centra en la falta de transposición y aplicación de la Directiva Europea 2020/285, que modifica el régimen del impuesto sobre el valor añadido (IVA), permitiendo la exención del gravamen para autónomos y pequeñas empresas con una facturación anual inferior a 85.000 euros.
Según la ATA, España es el único país de la Unión Europea que no ha llevado a cabo la implementación de esta Directiva, lo que constituye, a su juicio, un incumplimiento de la normativa comunitaria. Este hecho vulnera principios fundamentales del Derecho de la UE, como la efectividad, no discriminación, proporcionalidad, seguridad jurídica, competencia leal y libertad de establecimiento.
El incumplimiento de la Directiva, advierten desde ATA, no solo afecta la seguridad jurídica de los autónomos, sino que también impacta negativamente en su competitividad, manteniéndolos sujetos a obligaciones fiscales que otros países europeos ya han eliminado para negocios de pequeño tamaño. La denuncia subraya que el Ejecutivo español no ha adoptado ninguna medida legislativa para la transposición de la Directiva 2020/285, que modificó la Directiva 2006/112/CE e introdujo un régimen especial de exención conocido como IVA franquiciado o exención de repercusión.
Dicha normativa otorga a los Estados miembros la facultad de eximir del IVA a los autónomos y pequeñas empresas que facturen menos de 85.000 euros al año, evitando así la necesidad de repercutir, liquidar y declarar este impuesto. Desde la ATA se señala que la normativa comunitaria estableció dos plazos que el Estado español no ha cumplido: el plazo de transposición, para adoptar y publicar las disposiciones necesarias antes del 31 de diciembre de 2024, y el plazo de aplicación, que debió entrar en vigor el 1 de enero de 2025.
Actualmente, la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, no incluye ningún régimen general de exención basado en un umbral de facturación; por lo tanto, los autónomos españoles con ingresos inferiores a 85.000 euros continúan sin poder beneficiarse del IVA franquiciado. Mientras tanto, la mayoría de los Estados miembros de la UE ya han adoptado esta opción, implementando umbrales de exención en sus sistemas tributarios nacionales. La ausencia de esta medida en España coloca a los autónomos en una posición desventajosa frente a sus homólogos europeos y compromete una herramienta diseñada para reducir su carga fiscal.
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