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A partir del 1 de enero de 2026, nuevos controles fiscales en los pagos de Bizum

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La Agencia Tributaria implementará un novedoso sistema de control sobre los pagos electrónicos desde el próximo 1 de enero de 2026. Este cambio, establecido en el Real Decreto 253/2025, representa un giro significativo en la vigilancia fiscal en España, ya que a partir de ahora no solo se prestará atención a las transacciones de importe elevado, sino también a la frecuencia y regularidad de los movimientos, independientemente de su cuantía.

Con el nuevo sistema, los bancos tendrán la obligación de informar mensualmente a Hacienda sobre operaciones que muestren patrones repetitivos, sin importar si los montos son bajos. Por ejemplo, pagos recurrentes de 50, 200 o 500 euros podrán ser objeto de revisión si se realizan de manera sistemática. Esta medida busca detectar ingresos constantes que pudieran estar asociados a actividades económicas no declaradas o donaciones encubiertas, respondiendo al auge del uso de medios digitales de pago, como Bizum, que ya gestiona alrededor de tres millones de operaciones diarias en el país.

Los más afectados por esta nueva normativa serán principalmente los autónomos y aquellos padres que asistan económicamente a sus hijos, por ejemplo, en el pago de alquileres o hipotecas. A partir de 2026, los autónomos deberán justificar todos sus ingresos, incluso los de menor importe, con la correspondiente factura y mantener separadas sus cuentas personales de las profesionales.

La obligación de informar se extiende a los bancos, entidades de crédito y proveedores de servicios de pago que operen en España. Estos deberán comunicar a Hacienda no solo los patrones de pago, sino también el volumen anual de transferencias y las operaciones realizadas a través de aplicaciones como Bizum. El cruce de datos permitirá a la Agencia Tributaria identificar discrepancias entre los ingresos reales y los declarados, lo que podría acarrear inspecciones fiscales.

Además, se prestará especial atención al uso intensivo de tarjetas bancarias. Las cuentas que superen los 25.000 euros anuales en cargos o abonos estarán sujetas a un reporte específico. No cumplir con estas obligaciones fiscales podría resultar en sanciones que oscilan entre el 50 % y el 150 % del importe no declarado, así como en el cobro de intereses de demora.

Este nuevo marco de control fiscal marca un cambio relevante en la forma en que se supervisan las actividades económicas en España, reflejando una creciente preocupación por la transparencia y la correcta declaración de ingresos.

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